Cita:
Originalmente publicado por Tranes
sasto, el contrato matrimonial afecta a terceros por tanto ha de cumplir los requisitos que marca la ley.....especialmente el registro....entre otras cosas se evita la poligamia, se protegen derechos de hijos, se regula la distribucion de bienes y derechos en caso de divorcio, etc.....
Y ahora me pregunto yo....con el PER puedo autodivorciarme??  
(es broma)
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Entonces, la pregunta no es si el matrimonio puede ser celebrado, sino si es inscribible... y a juzgar por el estudio legal que nos presenta Blue Alachar debería de serlo, con lo que obtendría validez frente a terceros... digo yo.
Lo de autodivorciarte es más complicado, porque aunque puede casar un montón de gente, los divorcios sólo los conceden los jueces ... así que ahora Juan tendrá que ponerse a estudiar las facultades judiciales de los Capitanes



salud!!!