Muchas gracias por ti intervención, Inspectorate, realmente muchos de tus comentarios me hacen ver que nuestra Administración, afortunadamente, también cuenta con personal dotado de sentido común y lógica, y albergar la esperanza de que algún día la "cosa de lo náutico" funcione de un modo más racional.
De acuerdo en que no son normas jurídicas pero, por ejemplo, la prohibición de fondeo que originó la multa y las disposiciones que regulan las infracciones de dicha prohibición sí que lo son. Quien más quien menos, conoce las multas por fondear en zona prohibida, y no son precisamente suaves y, en mi opinión,
igual que se ha publicado la ley, debería darse una publicidad suficiente a este tipo de prohibiciones y disposiciones adoptadas por las Capitanías.
Y también creo que no estaría de más que algún organismo oficial se asegurase de que las cartas y derroteros que se publican sean correctas y estén debidamente actualizadas.
Por otra parte, también es cierto que, por ejemplo, en el caso de Ibiza hay multitud de señales prohibiendo el fondeo aunque, curiosamente, en el caso que he descrito (en el que fue multado no sólo mi cliente, sino tres barcos más), todos las habían visto... al otro lado del puerto y, al no ver ninguna en la zona en que fondearon ellos que, además, estaba marcada como fondeadero en sus cartas, interpretaron que ahí donde estaban se podía fondear.
En fin, que la cosa no es tan fácil como debiera, hay muchos aprovechados y también en ocasiones es difícil saber lo que está prohibido y lo que no... además, si fuera fácil, ¿de qué nos íbamos a quejar en esta santa Taberna?



salud!!