Vamos tomandonos unas

para empezar la conversación.
Por un lado una escuela la puede montar seguramente cualqueir persona cumpliendo las normas de su ayuntamiento sobre el local que queira usar, uso, y licencia.
Otra cosa es si queires que la escuela este Homologada por la Dirección General de la Marina Mercante o la consejería correspondiende en determindas comunidades.
La famosa orden del 25 de octubre del ministerio de fomento publicada en el BOE del sábado 3 de noviembre te dice lo siguiente:
Hay dos tipos de requisitos en cuanto a títulos:
El de los profesores de la escuela, de nivel igual o superior de patrón de cabotaje sirven para impartir las clases de Per y PNB y para capitán y patrón de yate deben de ser igual o superior a patrón mayor de cabotaje.
El jefe de estudios de la escuela deberá tener un título igual o superior al de piloto de segunda de la marina mercante.
Además de estas titulaciones las escuelas homologadas deben de tener determindao material didactico y cumplir otros requisitos la DGMM o el organo correspondiente puede y o hacer inspecciones que en caso de no ser ositovas conllevan a la suspensión del permiso.
En la página de Fomento tienes escuelas homologadas por ellos.
Las comunidades que tiene las competencias trasferidas han publicado sus normas que aunque parecidas tienes matices, si me dices donde quieres abrir la escuela te envío la información de dicha comunidad.
Espero que esto te ayude.
Buena mar