Cita:
Originalmente publicado por Inspectorate
Pues verás, la responsabilidad en esta ámbito viene definido por Ley, y ésta, en el supuesto que planteas dice que será responsable el propietario de la embarcación y subsidiariamente el patrón.
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Es curioso el
concepto de responsabilidad en la mar...
Creo (aunque no soy abogado ni nada por el estilo) que ante un conflicto de intereses o derechos o simplemente un acto por el que se deba responder ante terceros (ejemplo: colisión con otro buque) pueden ser responsables subsidiariamente o solidariamente:
patrón, armador... e incluso el fletador del barco...!!! Ah!! y en el caso específico de una colisión, hasta es posible que se puedan considerar culpables a las dos partes!!!!
Responde al que pillan, vamos.
Pero siempre responde alguien.
Recordad el caso del Prestige, en el que el único que pasó por la prisión finalmente fue el capitán... (que seguramente era el menos "responsable")
En fin...! Creo que no nos preparan lo suficiente para asumir la responsabilidad que tenemos y a la que algún día podemos tener la desagradable necesidad de hacer frente....
Unas aguas de Valencia BJ09 para todos, para que no tengamos problemas legales de este tipo.

