Cita:
Originalmente publicado por TINGIS
Estimado cofrade:
¿Te has leido el escrito?. ¿Lo has contrastado con la letra del RD?.
Aquí no se trata de "sentido común" sino de "letra de la ley".
Y según el RD y su redacción, no son aplicables a las embarcaciones de recreo determinados requisitos para otro tipo de embarcaciones.
Te ruego que compares el escrito con el RD y lo verás.
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Yo si me he leido el escrito y el RD y al contrario que los abogados de ANAVRE mi interpetación es la misma que hace Fomento.
Un saludo