Cita:
Originalmente publicado por Chipiron
Ojo con lo de dar de baja los seguros en vehiculos, Si vas a tener el vehiculo, barco, en un sitio comunitario, es obligado igual tener seguro. Se da mucho en motos, el tipico seguro de 6 meses pra el verano. En invierno algun hijo puta te quema la moto dentro del parking, como no tengas seguro, encima vas a pagar los desperfectos que ha ocasionado el incendio.
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OJO CON EL ALMACENAMIENTO EN PLAZAS DE APARCAMIENTO.
Comentar que los aparcamientos son zonas o recintos de riesgo especial, con medidas correctoras en materia de prevencion de incendios y seguridad acordes al riesgo intrinseco de la actividad. La propia licencia de la catividad de garaje estipula el número de plazas y tipo, clarificando generalmente entre plazas grandes, medianas, pequeñas conforme a dimensiones y al vehículo al cual van destinadas y acorde a las medidas mínimas impuestas en planes generales o normas urbanísticas subsidiarias. Es en esta afección en la cual se patina cuando pensamos que en cualquier plaza se puede meter cualquier cosa siempre que quepa. Que tenga una plaza sobredimensionada con una gran superficie no implicará mas que podría destinarse a vehiculo industrial, pero nunca a meter dos vehículos aunque quepan. En el caso de embarcaciones ocurre lo mismo y debemos tener cuidado y cerciorarnos que la plaza de ubicación es acorde al fin pretendido, de otro modo estaremos vulnerando las condiciones de la licencia concedida y por tanto desvirtuando la misma con lo que el seguro perfectamente puede negarse a indemnizar.
Perdon por el ladrillo pero cozco varios casos de omisión por parte de seguros en garajes comunitarios por estas razones.
