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Antiguo 31-10-2009, 12:21
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Pajarín Pajarín esta desconectado
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Predeterminado Re: Cuidado con seguros Metropolis

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Originalmente publicado por maite Ver mensaje
Efectivamente la Ley de contrato de seguro dice que el Asegurado deberá comunicar a la compañía con un plazo mínimo de dos meses su decisión de anular la póliza.

Las compañías de seguros que operan en España están sujetas a las directrices de la dirección general de seguros dependiente del ministerio de Economía y hacienda.

Entre las obligaciones que estas tienen es la de mantener un nivel de solvencia suficiente para poder hacer frente a los futuros siniestros que se deriven de sus carteras y para ello están obligadas a reservar una parte de la prima que pagamos en lo que se denomina reservas técnicas; es por ello, que las compañías tienen que saber con que volumen de pólizas van a contar para el siguiente ejercicio, es decir, necesitan saber cuantas anulaciones van a tener.

Ahora bien, todas las compañías tienen departamentos actuariales, los cuales de antemano y mediante diferentes tipos de formulas establecen que pólizas son propensas a la anulación, y por lo tanto, con que cartera van a enfrentarse.

Salvo grandes desajustes de mercado, las anulaciones que se escapan a dichos estudios actuariales son irrelevantes a la hora de calcular sus reservas.

Dicho esto, entiendo que el aplicar la Ley de contrato de seguro a un asegurado que se ha opuesto a la prorroga con menos de dos meses de antelación se debe a motivos diferentes a los propiamente técnicos y que en este caso no llego a comprender.

También es cierto que el cofrade Santiran pueden alegar diferentes motivos para su defensa, pero es entendible que este no es el mejor medio para comentarlos, estando segura de que su propio agente le puede orientar sobre esta cuestión.

Seria una temeridad, que no voy a cometer, asegurar que en este caso la compañía no reclame por vía judicial, pero si puedo asegurar que tras mas de 20 años dedicada a los seguros y con miles de pólizas gestionadas, solamente recuerdo dos ocasiones de reclamación de la prima por vía judicial a un asegurado, por no haber comunicado con mas de dos meses su decisión de anulación.
Hay algo que no me cuadra por muy legal que sea. La renovación automática la entiendo si las condiciones del seguro no cambian, pero si la compañía me pretende subir la prima y me avisa del nuevo precio dentro del plazo de dos meses ¿¿¿ debo tragar con la renovación automática ???. Creo que las leyes de defensa del consumidor protegen de estas situaciones al consumidor, sería absurdo que no pudiera buscar una alternativa, al menos en este caso, y debería ser en todos, ahora mismo hay una inmensa oferta y estamos en un mercado regido por la oferta y la demanda. Pero hablo sin conocer estas leyes (y debería), ruego opinión experta.

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