Por lo que recuerdo de cuando me dedicaba a la abogacia, me parece una meada fuera de tiesto del Director Tecnico. Las decisiones del Capitan Maritimo, en tanto que resoluciones administrativas deben ser razonadas, fundamentadas en Derecho y regirse por la legalidad vigente. Y la normativa que emita un ente semiprivado como una federacion no forma parte del ordenamiento juridico, y por tanto el capitan maritimo no puede basarse en ella para denegar una autorizacion.
Cita:
Originalmente publicado por Pardillo
En relacion al tema del Decreto y con relación a los cursillos , lamento comunicaros que nuestro inclito Director Tecnico de la FEV ha manifestado, que el Ministerio de Fomento como continuidad del R.D. a traves de las Capitanias podra denegar el permiso si los implicados ( alias regatistas) no tienen la titulación.
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