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Antiguo 28-11-2009, 19:47
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Pirata
 
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Predeterminado Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español

Jadarvi, yo no creo que te pueda aclarar nada, sino todo lo contrario, pero me interesa mucho el tema......

¿Y si yo, ciudadano español residente en España, registro una sociedad en Francia, persona jurídica francesa pues, que se dedica a chartear barcos de bandera francesa en Mallorca, por ejemplo, qué pasa?

Entiendo que los barcos se rigen por la legislación francesa en cuanto se abanderan en Francia por ser su armador una persona jurídica francesa. Esto a todos los efectos, zonas de navegación y su normativa específica, legislación aplicable a efectos fiscales, etc.

Y en cuanto a la contratación de patrones por parte de esa sociedad para ejercer su actividad, entiendo que también bajo la ley francesa, aunque los patrones sean españoles, no?

Yo creo que aquí hay un vacío legal. Los charters de bandera extranjera (pero comunitaria, ojo) que trabajan en España en caso de eventos tipo Copa América, etc.... son empresas comunitarias que se rigen por su legislación nacional y, como hay libre tránsito de trabajadores, de capitales, etc., pues "venden su producto" a clientes en España, sean españoles, alemanes, franceses, o tengan la nacionalidad que tengan.

ÇInteresante discusión, creo.
Ale, pa aclararlo mejor.


SALUD y
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