Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
Supongo que serán distintas las consideraciones para los distintos estamentos.
En cuanto al ámbito penal parece claro que no es pais extrajero.
Pero en el ejemplo de lo que llevas en el barco, tengo entendido que una tele o un radar o incluso una bici no debe abandonar el barco o la zona franca portuaria, salvo permiso especial, ya que se consideraría importación en el pais receptor, por lo tanto mientras está en tu barco está en tu pais, económicamente hablando, ante la autoridad de hacienda o equivalente.
Y supongo que ahora con lo de llevar armas en los pesqueros pasará algo parecido.
LSV.
Editado por LSV en 30-11-2009 a las 01:42.
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