Ver mensaje
  #14  
Antiguo 02-12-2009, 18:32
Avatar de urgain
urgain urgain esta desconectado
Pirata
 
Registrado: 15-11-2006
Mensajes: 216
Agradecimientos que ha otorgado: 1
Recibió 20 Agradecimientos en 12 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Increíble: cambian el ganador de la Copa del Rey ORC 670

Sería bueno que pusieras todo el caso 57:

Resumen de los hechos
A y B eran barcos de la clase IOR que competían en una serie que duraba todo el
verano. Al terminarla, B solicitó una reparación basándose en que el comité de
regatas había usado un certificado de medición incorrecto de A durante toda la
serie. Tras presentar la solicitud, la autoridad de medición confirmó que había un
error en el certificado de A que había pasado desapercibido desde que se midió su
casco unos años antes. B afirmó entonces que el comité de regatas debía haber
protestado a A como exige la regla 78.3.
El jurado consideró que el propietario de A no era responsable del error en
el cálculo del rating y que tampoco había ninguna prueba de que se hubiera
infringido la regla 78.1. Entendió que no era consecuencia de ninguna acción u
omisión del comité de regatas que existiera un error o que éste no se hubiera
descubierto, y que, por tanto, B no tenía derecho a una reparación. El comité
pidió que se confirmara o se rectificara su resolución conforme a la regla 70.2.
Resolución
Se confirma la decisión del jurado. B alegó que al no protestar el comité de
regatas a A, como exige la regla 78.3, le perjudicó a él y a los otros barcos de la
clase. Sin embargo, la regla 78.3 no era aplicable. Se aplica a una prueba o a una
serie de pruebas para las que se ha nombrado a un medidor. La regla 78.3 no se
aplica a un informe presentado por un medidor externo. En este caso el informe
vino de la autoridad nacional de medición, sobre la que ni la autoridad
organizadora ni el comité de regatas tenían autoridad alguna. Como no se había
nombrado a ningún medidor específicamente para la serie, no se podía celebrar
ninguna audiencia según la regla 78.3.
Cuando se descubre que un certificado tiene un error, puede ser revocado
por la autoridad que lo emitió, pero no se puede actuar retroactivamente en una
serie ya terminada o en pruebas que todavía están bajo la jurisdicción de un
comité de regatas. Así, cuando un certificado defectuoso debidamente autenticado
se ha presentado de buena fe y la prueba o la serie han terminado, deben
mantenerse los resultados finales, aunque después se revoque el certificado.


Tú crees que es el mismo caso y que hay identidad de razón para usar la analogía ????
Citar y responder