Cita:
Originalmente publicado por Nelson
Supongo que tu embarcación está en lista 7ª, por tanto el impuesto de matriculación (IEDMT) lo tiene ya pagado (o estuvo exento si no llegaba exactamente a los 8 mts de eslora, que es el límite).
Por tanto el pasarla de 7ª a 6ª sólo implica el pago de las Tasas correspondientes en Capitania.
Avisar a tu compañia de seguros (la prima será ligeramente más alta).
Darte de alta en la Agencia Tributaria (epigrafe 8552 si no recuerdo mal)
Presentar las declaraciones trimestrales y anuales correspondientes.
Salvo que tengas titulación profesional, no podrás ejercer legalmente de patrón para tus clientes.
La fianza la fijas tu en el contrato de alquiler.
Si simultaneas el uso privado/comercial, no deberías deducirte todo el IVA soportado (aunque dudo que hilen tan fino en este caso, por su poca trascendencia económica). Por tener el IEDMT pagado no hay impedimento a ese uso privado por tu parte.
En todo caso valora si te compensa el estar pendiente de esa embarcación alquilada para lo modestos que pueden ser los ingresos.
Suerte 
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El impuesto ya esta pagado, y bueno lo del titulo profesional ¿donde se saca? quiero decir no vale con el PER o PY?.
PD gracias por tu post me ha aclarado las ideas!!!!
Aun asi quiero sacarme unos duros y tirar para adelante y son ideas que salen que creo que pueden funcionar.
