

Es que yo me había leido varios como
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...i%F3n+m%EDnima y no se llega siempre a esa conclusión...

Una intervención del Tabernero en el hilo
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...i%F3n+m%EDnima
"Yo, mi barco de 11,98 m de eslora lo tengo despachado para zona 2, sin embargo en los papeles del barco viene: Titulación requerida PER
Creo que Quim ha dado en el clavo. antes es posible que fuera como dices, pero ahora, y con más lógica ya que no dejaría de ser una incongruencia, no..."
Y en otro sitio "Por lo tanto, tal y como vengo defendiendo, un PER puede patronear un barco despachado para zona 3 siempre que no sobrepase las atribuciones de su titulación. Que es de lo que se trataba el hilo."
Me sigue sin quedar claro...
..la cuestión será que lo lógico es que la titulación requerida que se ponga en el despacho sea la mínima para llevar el barco por eslora, y no por zona, lo cual sería lo lógico, por algo es "mínima" ¿no?
Vamos, que no discuto que si te pone titulación requerida CY luego no te empapelen si solo eres PER, lo que digo es que se podrá tener un menor de 12 m. despachado en zona 4 y que en los papeles ponga que la titulación mínima es PER, lo cual es lo más lógico del mundo... o no
