Saludos y ronditas


Se vuelve a discutir lo mismo en
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=45797, no había visto este hilo antes, yo creo que al final lo que va a pasar es que ciertos certificados de navegación están un poco "mal hechos" y de ahí viene el problema; habría que ver la descripción del campo "Titulación mínima requerida", que seguro que en algún sitio lo pone, pero tal como yo lo entiendo podrían ser dos cosas:
1- Si es la titulación mínima requerida para llevar el barco que se identifica tiene que ser en función de la eslora y potencia en su caso, con lo que los que ponen una titulación superior por la zona despachada realmente están mal redactados, cosa que habría que impedir cuando se despacha (caso del gambeta, que por otro lado eso de poner motovelero no se yo...) Esta opción me parece la más lógica.
2- Si es la titulación mínima requerida para llevar el barco por la zona despachada pues lógicamente también si lo llevas en una zona menor ese requisito ya no será válido.
Con lo poco que se de lengua castellana y derecho creo que este planteamiento es el más razonable y que se podría ir con él hasta al Constitucional
Vamos, que yo creo que lo que pasa es que el tema va por el punto 1 y en ciertos casos los que hacen los certificados se cuelan poniendo titulación de más, y luego si te interpretan textualmente pues mal vamos, pero eso es como si te compras un coche, pongamos p.ej. la "fragoneta" de mi prima de 7 plazas, y en el permiso de circulación le vienen 5 nada más, de acuerdo que la podrán empapelar, pero eso habrá que mirarlo cuando te den los papeles y exigir... digo yo...