Cita:
Originalmente publicado por mario
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Pongo normativa sobre licencias de pesca recreativa:
Licencias
Art. 3
Licencia específica emitida por la autoridad competente de la comunidad autónoma donde se pretenda pescar.
Autorización especial de la Secretaria General de Pesca Marítima para la captura de especies del anexo III. Tanto la autorización como la licencia se habrán de llevar a bordo mientras se ejerza la actividad.
Disposición adicional segunda:
Cada comunidad autónoma reconocerá las licencias de pesca marítima recreativa emitidas por las otras comunidades autónomas
Anexo III
Nombre común
Científico
Atún rojo Thunnus thynnus
Patudo Thunnus obesus
Atún blanco Thunnus alalunga
Marlín Makaira spp.
Aguja Tetrapturus spp.
Pez vela Istiophorus spp.
Pez espada Xiphias gladius
Merluza Merlucius merlucius
Esta licencia no es personal, es para la embarcacion. Es gratuita y tiene una validez de 3 años. Hay que renovarlas con bastante anticipacion a su caducidad ya que tardan varios meses en expedirla.
Un saludo