Saludos a todos,
creo que esto ya salió en otro hilo, pero por si las "flais":
Un PER puede patronear SIEMPRE que navegue dentro de la línea paralela de 12' y SIEMPRE que la eslora del barco sea menor de 12 m, aunque el barco esté despachado para zona 1, 2 ó 3 (mínimo deberá estar despachado para zona 4). Si quiero navegar en zona 3 (25') o 2 (60'), entonces necesitaré PY, estando el barco despachado para la zona en cuestión.
Un PY puede patronear SIEMPRE que navegue dentro de la línea paralela de 60' y SIEMPRE que la eslora del barco sea menor de 20 m, aunque el barco esté despachado para zona 1. Si quiero navegar en zona 1, entonces necesitaré CY, titulación requerida para el despacho del barco.
Por supuesto, la categoría de construcción del barco DEBE admitir la zona (digamos "máxima")de navegación para la que lo queramos despachar.
Otro error muy común respecto a las zonas 5 y 6 es lo de las famosas 2' y 5' de la costa. No es cierto, la ley es muy clarita: son 2' (zona 6) o 5' (zona5) de un abrigo o playa accesible. Digo esto respecto a las atribuciones de Titulín de considerar qué zona / distancia autoriza Capitanía.
Joder, no sé si lo he liado más.
