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Antiguo 15-12-2009, 00:03
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DRINO DRINO esta desconectado
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Predeterminado Re: ¿Qué hago con las bengalas caducadas?

MANOS A LA MASA:

La pescadilla que se muerde la cola es que nadie se hace cargo de la pirotécnia caducada pero si te la pillan en el barco te meten una sanción. Así que lo único que se me ocurre es provocar a las autoridades y que tomen la resolución que corresponda, pero sobre todo, en principo, evitar que si te pillan el material a bordo te suelten multa.

Hay veces que lo mejor es hacerse un poco el tonto y preguntar todo lo preguntable, pero siempre por escrito. Así no se atreverán a multarte por algo sobre lo que tienes la prueba de que ellos mismos no han sabido solucionar.

Así que, tomando una copita vuestra salud, he redactado el impreso que ahora mismo insertaré y que podéis copiar y transmitir indefinidamente sin pagar canon alguno a la SGAE ni a mí. Aconsejo rellenarlo y mandalo por correo certificado a la intervención de armas de vuestra zona. A la oficina de correos lleváis una copia del escrito para que os la sellen. Esa copia al barco y si antes de que os contesten os pillan con el material caducado y quieren multaros, lo tendrán complicado y, además, cualquier abogado podrá sacar buen partido al escrito si no lo han contestado. Y si lo han contestado, vamos a ver qué es lo que dicen porque también lo tendrán complicado. Si contestan a medias, inistir, insistir e insistir.

Al mes que viene me caduca mi caja de zona 3 y enseguida lo presentaré. A ver qué cuentan.

Que os sea de provecho cofrades y os tomáis una copichuela a la salud del interventor que deba contestar


A LA INTERVENCIÓN DE ARMAS Y EXPLOSIVOS DE LA GUARDIA CIVIL
PUESTO DE .......................
Calle .................... número ........... Código Postal.......... Población ..............

Don/Doña ............................................, con domicilio en la localidad de ..................., provincia de ....................., código postal .............calle ..................., número..........., con DNI número ................... Comparece y EXPONE:

1.- Que es el propietario de la embarcación deportiva llamada ............... con número de matrícula 7ª- ........................., con puerto base en el de .....................

2.- Que recientemente, en el mes de ......... de 200...., ha caducado la vida útil de los elementos pirotécnicos que son dotación de seguridad obligatoria en la citada embarcación según viene ordenado por la normativa vigente, y que en este caso son ....... bengalas de mano, ........ cohetes y ........ fumígeras, todas ellas de la marca ...........

3.- Tras haber visitado diferentes establecimientos de náutica de la zona, en ninguno de ellos han querido hacerse cargo de la retirada para su inertización y destrucción de dichos elementos pirotécnicos. De la misma forma, tampoco han querido admitirlos ni en la Capitanía Marítima de la zona ni en ninguna dependencia de la Guardia Civil y, por supuesto, no he encontrado ningún vertedero o punto de recogida selectiva de residuos que los admita.

4.- Dada la lógica peligrosidad de los indicados elementos pirotécnicos, no puedo almacenarlos indefinidamente en mi domicilio, por lo que no me queda otro remedio que dejarlos depositados, para su no uso, en la propia embarcación de la que han venido formando parte de su dotación de seguridad, al menos hasta que por Esa dependencia de la Intervención de armas y explosivos no se me indique, con toda seguridad, dónde debo entregarlos para su inertización y/o destrucción.

Por lo expuesto:

SOLICITO: Que teniendo por presentado este escrito, que se remite por correo certificado en la cualidad de registro de entrada de la Administración Pública de las oficinas de Correos tal y como dispone el artículo 38-4-c) de la Ley 30/1992, resuelva expresamente y notifique en legal forma al compareciente dónde debe entregar para su inertización y/o destrucción los elementos pirotécnicos de la dotación de seguridad a que se ha referido. Todo ello de conformidad a lo establecido por el artículo 42-1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992), con el ruego de que si la obligación de aceptar la entrega del material corresponde a cualquier empresa, particular u organismo público diferente a la Intervención de Armas de la Guardia Civil, indique expresamente los fundamentos jurídicos en base a los cuales surge la obligación, así como, en su caso, las sanciones aplicables en caso de negativa a aceptar la entrega del material pirotécnico.

En ......................, a .......... de ................ de 20.....
__________________

!!! YO TAMBIEN TENGO ROTO EL SENSOR DEL TRIM DE VOLVO !!!

Editado por DRINO en 15-12-2009 a las 00:13.
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