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Originalmente publicado por yoyete
Hola,
Según interpreto, zona 5 hace referencia a 5 millas de playa o abrigo, no a linea paralela a la costa. Es decir, una zona de costa con acantilados no será considerada. Si navegamos por una zona como esta y nos retiramos a más de 5 millas de una playa o zona considerada abrigo, no estaremos en zona 5, aunque estemos a media milla del acantilado.
Saludos y 
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Entonces, según eso.... no te puedes ni mover de los alrededores de tu puerto......, y casi casi.... ni cambiar de puerto....
Si pillas una zona de acantilados, por ejemplo.... de una medida de 10 millas, pero antes del acantilado tienes una playa y al otro lado (osea al final del acantilado) otra playa o puerto..., no sé si me explico... cuando estás en medio de la zona de acantilados... a 5 millas tienes una playa, y a otras 5 millas tienes la otra playa..... por tanto... 10 millas de acantilado son legalmente navegables.... No sé si me entendeis....