Re: Bajar de zona 3 a zona 4...
<Todos los equipos radioeléctricos, antenas o cualquier otro elemento que forme parte de los mismos y que, de manera obligatoria o voluntaria se instalen en un buque de recreo nacional, deberán encontrarse aprobados por la ADministración marítima y dispindrán del número de registro expedido por la Dirección General de la Marina Mercante.
Todo buque que tenga instalada una estación de radiocomunicaciones, se considarará para todos los efectos de reconocimiento, inspección, personal cualificado, servicio de escucha, etc. como un buque obligado a llevarla.>
Página 118 del libro del Ministerio de Fomento, Radiocomunicaciones en el servicio móvil marítimo para embarcaciones de recreo, capitán de yate. Editado en 2009 y lo que pone ahí puede usarse en juicios, dicho por los funcionarios encargados de la publicación.
Por si os ayuda.
Albert, vigila bien que no estés confundido.
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Las atribuciones del PER son: navegar a 12' de la costa o entre islas en Canarias y Baleares.
El despacho a zona 4 es para navegar a 12' y el despacho a zona 3 es para navegar a 25'.
Si entre islas hay que navegar menos de 24' (12'+12') pues con PER y zona 4 ya vale, pero si entre islas hay mas de 24' (12'+12') y menos de 50' (25'+25'), pues con PER y zona 3 ya vale.
Un saludo,
Llan
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Que podamos hacer el máximo de cosas que nos guste, y que podamos tomarnos unas copichuelas, juntos, donde yo me ría de mi y tu de ti, y al final nos riamos el uno del otro porque hayamos llegado a la conclusión que nadie es mas que otro y que nadie es nada, y que todo lo implantado para que se rompa esta conclusión es una farsa, y si creemos en la felicidad ajena y nos alegramos que los demas sean felices, cada cual a su manera, seremos personas.
APUNTES DE LLANGOSTO
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