Ver mensaje
  #9  
Antiguo 07-01-2010, 21:38
Avatar de akm1001
akm1001 akm1001 esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 22-11-2008
Localización: Usa
Mensajes: 23
Agradecimientos que ha otorgado: 4
Recibió 6 Agradecimientos en 3 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español o Argentino con bandera francesa..

El tema planteado en esta discusion sería interesante aclararlo:

Si tienes un barco de bandera de la EU, y has pagado en España, al traerlo, el Impuesto de Matriculacion, el Impuesto de transmisiones patrimoniales, dispones de todo el equipamiento de seguridad de su bandera incluso completado por el equipamiento español, si tienes una titulacion europea reconocida o española, no habria manera de seguir manteniendo la bandera del barco sin tener que poner la española?

El barco en cuestion ya esta habilitado por un pais de la UE para navegar con la bandera de su pais porque cumple con toda su normativa.

El hecho de tener que matricularlo aqui, obliga a incurrir en gastos (baja de bandera, gestoria, ITB, nuevo material de comunicaciones si el que tienes no esta en la lista de Fomento, etc...) y perder hasta varios meses mientras te lo matriculan = costes + tiempo perdido. (ver el post http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=32050 que ilustra muy bien toda la tramitacion)

Si compras un barco de bandera española en lista 7ª, puedes usarlo mientras se tramita el cambio de titularidad, pero si es de bandera extranjera de la UE no. (lo que es una discriminacion y falsea la libre circulacion de bienes dentro de la UE)

Ademas, uno puede ser un extranjero residente fiscal en España, pero interesando en mantener la bandera inicial de su pais, sin dejar de cumplir con todas y cada una de sus obligaciones fiscales en su pais de residencia , ya que prevee volver a el, o incluso sentirse mas protegido por su bandera en cierto tipo de navegaciones.

España, creo yo, es el unico o uno de los pocos paises de la UE que no te permite mantener la bandera de otro pais de la UE, si eres residente fiscal en España.

La obligacion de matricular que menciona la ley es meramente recaudatoria.

A ver si algun cofrade tiene alguna experiencia sobre este tema y sobre todo como reacciona la administracion: primero la GC del mar y luego las otras administraciones.

Citar y responder