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Antiguo 09-01-2010, 00:50
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Predeterminado Re: cambio de bandera para huir del abuso de la administración española

Al tiempo, que puede que lleguemos a la conclusión de que más nos vale hacernos nosotros mismos residentes en UK?

Muchas Gracias LORDRAKE por la completa información

Saludos / Juan



Cita:
Originalmente publicado por LORDRAKE Ver mensaje
Como veo que el cambio de bandera esta interesando a muchos cofrades os transmito los datos en los que he trabajado para realizarlo.
Como ya se ha dicho, para ser residente español y tener un plan de navegación convencional en aguas españolas no es interesante/idoneo/legal el cambio de bandera española. El unico resquicio relativo es tener el barco en la frontera y entrar eventualmente.
Para aquellos que piensan partir de nuestras aguas unos años si es interesante y según estan las cosas practico si se acompaña de un pacto con aseguradora que nos cubra explicitamente. Con la ventaja de poder navegar sujeto a las leyes de otrospaises que son mucho menos exigente.
He estudiado a fondo el cambio a bandera UK, os paso los datos que dispongo:
El registro britanico:http://www.ukshipregister.co.uk/ukr-...smallships.htm
Te permite dos maneras de registrarte Par I y PartIII ( Barcos de recreo)
Si eres residente UK puedes registrar en PAR III y vale 25 libras. ( ojo residente mas de 183 dias y con actividad economica en UK) no vale la casa de un amigo como antes.
Si no eres residente UK, puedes desarrollar una empresa en UK y poner el barco a nombre de esa empresa. Es facil lo puedes hacer por internet, te recomiendo noella.t@ukincorp.co.uk
Una vez constituida tu sociedad que ellos mantienen y te dan dirección fiscal en UK, puedes traspasar a esa sociedad la propiedad del barco. La sociedad puede ser nominativa y tu nombre no aparece en el registro del barco. Ellos se encargan del papeleo anual de tu sociedad y el mantenimiento de esta.
Por ultimo das de baja en el registro español el barco, te cobran creo que era el 5% del valor del mismo.
Procedes a registrar en el PART I el barco por 125 libras para 5 años.
Valorad si os interesa.
Hay una alternativa que la esta haciendo muchos cofrades.
Poner el barco en zona 2, equiparlo con todos los elementos de seguridad necesario para la navegación oceanica y contratar un seguro adecuado que acepte el tema.
De esta forma tienes para estar navegando 4 años fuera de España, puede ser el paso inicial antes del cambio de bandera.
Todo es absolutamente legal, ademas si vas a estar fuera de España puedes transferir a tus cuentas y empresa UK tus actividades etc..

LORDRAKE
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