Cita:
Originalmente publicado por Cenachero
Perdona, y eso donde se paga, me imagino que el banco, pero el impreso donde lo dan? hacienda puede ser? aunque estoy leyendote de nuevo y no es cesión de porcentaje, ya que yo no aparezco para nada, pienso que debe ser una transferencia en toda regla, no?
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Con el contrato de compra venta y una fotocopia del mismo te vas a la Delegación de Hacienda de tu Comunidad Autonómica, no de la estatal, pides el modelo que te indiquen en información (aquí en Andalucía es el modelo 600, creo recordar), lo rellenas con los datos de comprador y vendedor, fotocopia de los DNI de ambos, haces la liquidación y pagas en ventanilla (aquí en Andalucía en la misma Delegación). Te ponen la pegatina en el contrato original y con éste (y una fotocopia por ambas caras para que se vea la pegatina de Hacienda) te vas a Capitanía para poner el buque a tu nombre, allí ya te dirán que necesitas, pero prepara como mínimo, otra fotocopia de los DNI, pago de la tasa correspondiente lo que te puedan pedir más.

