Como al leer el hilo, me surgen ciertas dudas, ahí va una de ellas:
Yo hice las prácticas del PER y PY en un barco en lista 6ª. El profesor (profesional) evidentemente era el patrón y además el propietario de la embarcación.
¿Cuando nos bajamos del barco los aprendices, el patrón ya no puede moverlo?
Supongo que además del supuesto de alquiler cabrán otras actividades en lista 6ª.

