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Antiguo 17-01-2010, 20:40
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Gavioto Gavioto esta desconectado
Piratilla
 
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Predeterminado Re: Aplicación del IVA en amarres.

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Originalmente publicado por jotasailing Ver mensaje
A ver, aparentemente está claro que debería ser el 7% y 0% en los casos de marinas y CN, respectivamente, pero Hacienda dice que esto es para las embarcaciones deportivas. Aquí es donde está la discusión, qué embarcaciones son deportivas?, yo entiendo que los veleros pueden considerarse en cualquier caso deportivas, pero los tractores?

Es por esto que los puertos tengan reticencias en cambiar el tipo del IVA de oficio, ya que si luego no era aplicable el 7% o 0%, la sanción y lo que falta lo tienen que pagar ellos.

Por esto, hay que apuntarse a ANAVRE, ellos os dirán lo que tenéis que hacer, pero yo creo que se debería hacer una nueva consulta vinculante a Hacienda para que nos aclaren cuáles son considerados deportivos.

Unas
La definición de embarcación "deportiva" es por obligatoriedad de la definición de "lista septima", ya que en la Orden Ministerial que define las "listas de matrícula" especifica que solo podran estar matriculadas en lista 7 las "deportivas"... así que !!!Viva el deporte!!!!! si nos ahorramos un 9%.
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Ahora que caigo, el viejo refran de que "En la Mar el peligro está en tierra" debía referirse al precio de los atraques en Puerto Sherry
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