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Originalmente publicado por primero
La verdad, lleves lo que lleves nunca esta uno seguro de ir en regla, y ni muchos menos tranquilo.  
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No es para tanto,
Hablamos de barcos de bandera española, y solo de "papeles". Yo creo que es más razonable llamarle Documentos.
1) Licencia de navegación o rol. Es como la partida de nacimiento
del barco. Lo dan de origen
2) Certiicado de navegación, hay que renovarlo periódicamente (2 años si es de madera, 5 años si es de fibra etc.). En este documento y según la zona de navegación para la que se le permite navegar (Zona 1,2,3,4) se especifican los equipos que el barco debe llevar. O sea que, aunque lleves el documento si no llevas lo que en el dice que tienes que llevar, el barco no puede estar en el agua.
3) Poliza de seguro obligatorio (Responsabilidad Civil).
4) DNI (este "papel" hay que llevarlo siempre.....)
5) Título de gobierno del patron (PER, PY, C).
Si tu zona de navegación exige balsa salvavidas o radiobaliza, o las dos cosas. tienes que llevar el certificado de revisión de las mismas (anual o bianual).
Yo no lo veo muy complicado, una carpetita estanca y a navegar.

por los "papeles". A mi me dan tranquilidad. Tienen "fundamento".