Re: Distintivo de llamada y call sign
La LEB y el Call Sign (Distintivo de llamada) son cosas distintas. La LEB es obligatoria para operar en la radio de tu barco. Es la licencia que te da la posibilidad de emitir en las frecuencias marinas asignadas, generalmente las de VHF salvo que pongas otro tipo de equipo.
El Call Sign lo tienes que pedir aparte. He oído que algunas capitanías lo asignan por defecto al solicitar la LEB pero no lo he visto nunca. De hecho, la idea que tengo es que son reacias a darlo e incluso en el formulario de solicitud te piden que expliques para qué quieres el Call Sign.
¿Estás seguro de que lo necesitas?
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Saludos  y 73 de EA4FZZ a bordo de PH6315 
Ignacio de Córdoba
ANAVRE, Asociación de Navegantes de Recreo
http://www.anavre.org
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