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Originalmente publicado por Abonico
La eslora que ha de contar es la eslora total, tal y como hace mención ORDEN FOM/3200/2007; antes habian varias posibilidades de esloras, entre perpendiculares, en flotación, las manifestadas por los constructores, etc pero a partir de esta Orden se les dió instrucciones a los Inspectores de las ITB para que comprobaran las esloras totales y se modificaran en los "papeles" es decir se cambiaran los Certificados de Navegabilidad, lo que pasa que muchos Inspectores no hacen caso a estas instrucciones de la DGMM y no miden ni cambian las esloras, algunas veces por que estan compinchados con los armadores para que estos eviten pagar mas en los atraques y otras veces por que se les olvidan el hacerlo; pero que conste que se debieran re-medir los barcos y reportar las esloras totales a ecepción de los apendices que se pueden quitar como plataformas etc.
1/5 de 0,0º para el que tenga que re-medir al alza. 
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Entonces no hables de eslora total, si se puede descontar la de los apendices, sera la eslora de casco, que es la que actualmente se inscribe en los papeles
SALUT

