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Antiguo 23-01-2010, 00:37
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Jangada Jangada esta desconectado
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Predeterminado Re: Aplicación del IVA en amarres.

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Originalmente publicado por danilo Ver mensaje
Hola hoy he estado con la jefa del subdepartamento de asuntos económicos de la APPA y me informan que:
- están de acuerdo con la consulta vinculante que se le ha presentado en la cual se indica que el tipo de IVA debe ser el 7% para actividades deportivas.
- Me dicen que en la consulta vinculante presentada no dejan claro la expresión Actividad Deportiva y por tanto van a presentar un escrito a Hacienda en donde Hacienda de forma oficial se posicione y diga si hacemos deporte o no.
- Quieren solucionar el tema porque se ven amenazados por una responsabilidad fiscal, tanto si cobran un IVA de más ,los usuarios pueden realizar demanda contra ellos, como si cobra un IVA de menos, en donde hacienda le puede reclamar.
- Entienden que ellos sólo son unos intermediarios en recibir un tributo y pasarlo al estado, así que no tienen intereses económicos.
- Entienden también que hay que tener satisfechos y contentos a sus clientes y el aplicar el 7% es una alegría para su clientela.
Su compromiso conmigo y por ende con todos es que van a consultar a Hacienda formalmente y una vez Hacienda resuelva nos contestaran oficialmente.
¿Como debemos actuar ahora nosotros?
Me he comprometido a ayudarles en la consulta ofreciéndoles por escrito y de forma documentada argumentos que demuestren que la actividad que desarrollan las embarcaciones de lista 7º son deportivas y no solamente de recreo.
Tenemos que aportar documentos que demuestren que hacienda acepta y es un hecho real que se aplica el IVA reducido.
Mis impresiones son:
Voluntad, coherencia y meditación en los argumentos que han esgrimido, tienen temor a represalias masivas de los aficionados por la responsabilidad fiscal comentada.
Creo que pasar la bola a hacienda es correcto.
Como podéis colaborar
Aportando cualquier documento que indique que hacienda acepta, redactando argumentos( no muy extensos) que defienda que usais las instalaciones deportivas para realizar deporte, empiezo yo:
Los puertos de la APPA, se clasifican por puertos Deportivos, pesqueros y otros tipos, se entiende que el puerto deportivo está diseñado para la actividad deportiva y asi mismo los barcos que usamos de la lista 7ª es material deportivo, que necesitan de las instalaciones para poder realizar el deporte para el que están concebidos (deportes náuticos).

espero vuestro aporte.
El artículo 35.f de la ley 30/92 del Regimen juridico de las AAPP y PAC dice lo siguiente:

Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos:
A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante: La APPA ya tiene todos los documentos que propones aportarles, lo digo por si sirve.

__________________
Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos.
(Fernando Pessoa -1931)
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