Salvo que puedas acreditar que que el barco, en su día pago IVA en cualquier pais de la Comunidad Europea se consideraría importacion extracomunitaria y por tando devengaría IVA, en otro caso devengaria Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (Hacieda local) y, por supuesto en ambos casos Impuesto de Matriculación, salvo que este exento por alguna causa, lo siento.
Salud y buena mar


