Hola Falconety, no se si se convalidan los títulos portugueses en España, pero si que vienen reconocidos en la
orden FOM 3200/2007.
PORTUGAL
PATRAO LOCAL: Manejo de embarcaciones de Recreo sin alejarse más de 10 millas de un Puerto de abrigo y 5 millas de la costa.
PATRAO DE COSTA: Manejo de embarcaciones de Recreo sin alejarse más 25 millas de la costa.
PATRAO DE ALTO MAR: Manejo de embarcaciones de Recreo sin limitaciones.
Y aquí las
equivalencias de títulos náuticos Portugal > España
Patrao de Alto Mar > Capitán de Yate
Patrao de Costa > Patrón de Yate
Patrao de Vela o Motor > Patrón de Embarcaciones de Recreo
Marinheiro > Patrón para Navegació Básica
Principiante > Autorización Federativa
Según
este artículo, comenta lo siguiente:
"CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS DE OTROS PAÍSES DE LA UE. EN ESPAÑA
Los titulados de la Unión Europea podrán ser autorizados por la Dirección General de la Marina Mercante, a través de la Capitanía Marítima correspondiente, para gobernar embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre y cuando acrediten hallarse en posesión de un título análogo al español y que se haya obtenido en un Estado de la Unión Europea.
Fuente: Ministerio de Fomento"
Pero claro está, que quien tiene la última palabra es la Capitanía Marítima de tu zona, o la Comunidad Autónoma en la que residas, si esta tiene transferidas las atribuciones en cuanto a titulaciones náuticas de recreo.
Un saludo y una ronda

. teteluis