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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Patron portuario Requisitos de obtencion

Muy buenas, Calvia, espero que te aclare algo, Saludos.
Patrón Portuario

Artículos 10, 26, 27, 28, 30, 32, 33, disposición transitoria segunda, disposición adicional primera y tercera del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante (BOE núm. 159, del 2 de junio de 2009); Orden de 21.06.01 sobre tarjetas profesionales (BOE de 10.07.01), Orden FOM/1836/2005 por la que se modifica la Orden de 21/6/01, Orden FOM/983/2007, de 30 de marzo por la que se modifica la Orden de 21/6/01; Orden FOM 3302/2005, de 14 de octubre, (BOE 25/11/2005) por la que se regula la prueba o curso de actualización preciso para obtener la revalidación de las tarjetas de la Marina Mercante y la Orden FOM/884/2008, de 25 de marzo, por la que se modifica la Orden FOM/3302/2005, de 14 de octubre. ORDEN PRE/646/2004, de 5 de marzo, por la que se establecen los contenidos mínimos de los programas de formación sanitaria específica y las condiciones para la expedición y homologación del certificado de formación sanitaria de los trabajadores del mar.

Atribuciones del título

Embarque de12 meses, 6 en el servicio de puente y 6 en el servicio de máquinas.

Atribuciones: Patrón de buques mercantes de arqueo bruto no superior a 100 GT que realicen navegaciones que no se alejen más de 3 millas de puerto y que transporten un máximo de 150 pasajeros. Puede ejercer simultáneamente las funciones de patrón y jefe de máquinas, siempre que el buque cuente con los automatismos adecuados y la potencia no rebase los 375 KW en un solo motor, o el doble en dos o más motores.

Condiciones de los buques

Buques civiles españoles de arqueo bruto superior a 5 GT/T.R.B y potencia

superior a 100 KW.

Condiciones de obtención
  • Acreditar el ejercicio profesional requerido (12 meses)
  • Superar el curso de Patrón Portuario.
Documentación a presentar en la Administración en caso de:
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