Pues lo que ocurre es que no está prohibido que te presten el barco... pero también que es conveniente que lleves un escrito de autorización del propietario y también que si el funcionario de turno tiene un mal día, puede montarte un pollo de narices.
Pero lo cierto es que, si el propietario no es residente en España y tú no eres el usuario habitual del barco, sino tan solo ocasional mientras él está fuera, mientras puedas mostrar una autorización por escrito no debería de haber problemas. Al menos eso es lo que yo pienso, salvo opinión más autorizada, que seguro que la hay.



salud!!!