Yo no veo que problema puedes tener con el decreto ya que sólo se aplica a dos cosas
1.- Concentraciones nauticas conmemorativas y el propio decreto las define como aquellas en las que hay barcos de las listas 3ª 4ª 5ª 6ª y 7ª, que claramente no es el caso
2.- Pruebas nautico-deportivas, que tampoco, porque para ser prueba debería haber una cierta uniformidad entre las embarcaciones y sólo con los tractores de Retrever y Worq ya no puede haber una prueba.
Así que no creo que ningún capitán maritimo se meta con el tema. Si lo hace, le plantas este razonamiento por escrito y que resuelva, si tiene narices a fundamentar lo contrario, y ya para cuando responda será setiembre y dará lo mismo
Bueno, yo no soy abogado y Jadarvi me quitará la razón

, pero como leer aún se, esto es lo que yo leo del dichoso RD

