Hola, el hecho que define la obligación de pagar el impuesto de matriculación no es la bandera ni el propietario de la embarcación, sino si ésta está destinada a su uso habitual por un residente en España.
En teoría, si la sociedad USA paga el impuesto de matriculación, no deberías de tener problemas en navegar bajo bandera USA, especialmente si no eres el único partícipe de la sociedad estadounidense y los demás socios no son residentes en España.
Pero, como digo siempre, lo suyo es consultar con un profesional, porque sin conocer el caso exahustivamente es difícil aconsejar.... además, si el profesional la pifia, siempre puedes demandarle, que para eso tiene un seguro de RC que los cofrades no tenemos



salud!!!