Discusión: Regata La Petrolera
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Antiguo 23-02-2010, 23:19
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Regata La Petrolera

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Originalmente publicado por josebrio Ver mensaje
Nosotros nos estamos intentando apuntar con el EUREKA, un mini, pero la bandera no es española y al parecer si no presentas el certificado de navegabilidad español no te puedes inscribir (?) cosa que me desconcierta, pues excluye automaticamente a las embarcaciones extranjeras en la competición. En los e-mails cruzados con el club nos indican esto, que si no hay certificado de navegabilidad no nos podemos inscribir. En el pais del cual es la bandera no existe el "Certificado de Navegabilidad" como documentación, es otra la documentación que se exige allí y el país es de la UE, y en la "clase mini" también es otra la documentación imperante, documentacióm que obviamente cumple. Curiosamente este barco ya ha hecho dos Mini-transat ( dos atlánticos), pero parece ser que para hacer la "Petrolera" no cumple las exigencias documentales...
Curiosamente este barco estuvo inscrito en la OPHIUSA del año pasado...asi que, sinceramente, no sé.......o sea, que igual vamos, que igual no vamos....a expensas de la burocracia claro...
Si vamos ya nos tomaremos todos juntos una cerveza en el garraf y si no vamos nos la tomaremos en otro sitio.
A la salud de la vela.

http://www.youtube.com/watch?v=PULqxILADSQ



José Briones

http://www.veleroturbulento.com
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José, esto que te han dicho NO ES LEGAL.
Existe en España la figura del barco de regatas, de acuerdo con la orden del 18 de enero de 2000, por la que se aprueba el Reglamento sobre Despacho de Buques especifica en el artículo 3 apartado 3 que “están exentas las embarcaciones de la Séptima Lista que naveguen a vela, cualquiera que sea su eslora, que tenga número de vela registrado en la Federación Deportiva correspondiente y que participen en competiciones. La ordenación y control de estas embarcaciones podrá estar ejercido bien directamente por la Federación Española Deportiva, o bien a través de las federaciones autonómicas.
Por otra parte, y de acuerdo con el RD 1027/1989, capítulo I artículo 2, al no estar matriculada la embarcación no está abanderada con todo lo que ello supone a efectos legales (de hecho significa que ni siquiera tenemos derecho a enarbolar el pabellón nacional).
Aunque la situación es confusa, un barco de regatas no matriculado está dentro de la legalidad. Eso sí, te pueden exigir para participar el nº de vela de la RFEV y un RI (ambos te los dan sin problema, pagando claro).
No dejes que se pasen la legalidad por la entrepierna.
Nosotros no estamos matriculados y estamos luchando por nuestros derechos (mira este post). Hemos mantenido muchos contactos con la DGMM que ha corroborado en todo momento nuestro criterio legalidad de nuestros Minis.
Si necesitas más información no dudes en pedirla.
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