Cita:
Originalmente publicado por ex-pi
Hay que tener en cuenta que éste R.D. está en la versión 1.0 y tiene unos cuantos fallitos: - No exige acreditar el pago o exención/no sujeción del IVA o del Impuesto de Transmisiones (se les va a caer el pelo en la DGMM, porque en la AEAT ya se han dado cuenta).
Uséase: parece que antes de la entrada en vigor (1 de Octubre) habrán cambios.
De todos modos, leyendo despacio aparecen muchas mejoras importantes.
La próxima vez que vaya al tigre seguiré leyendo...
Saludos y acercaos a la barra, que he dejado pagadas las mirindas 
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Si exigen el documento de compra, (factura) en ella figurará el IVA, si es de 2ª mano, pedirán el documento de pago del Impuesto de Transmisiones.
Pero si es de importación, al tener que "autoliquidar" el IVA, ahí esta el problema.
Yo tambien creo que será un "lapsus" del legislador, seguro que ya tendrán en cuenta ese "tan importante" tema recaudatorio. Si no modifican la ley, enviaran una circular para que se justifique ese IVA, antes de proceder a la matriculación.
