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Antiguo 09-03-2010, 19:24
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Aplicación del IVA en amarres.

Hemos realizado consulta telefónica en Hacienda y nos comentan:
-Si en el alquiler el club náutica actúa como intermediario parece ser que pueden cobrar el 16% porque no lo consideran como práctica deportiva.
- Si el amarre es propiedad del club náutico, se considera que este no tiene ánimo de lucro y como consecuencia la actividad queda exenta de impuestos.

La reclamación, en el caso de quedar exentos sería via formulario de reclamación de ingresos indebidos de la Agencia Tributaria o mediante Factura rectificativa del puerto.
Normalmente los clubes náuticos van bastante perdidos.
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jdarellano (10-03-2010)