La concesión que supone la explotación de una lámina de agua por parte de un Club Náutico se hace de una tacada. Es decir, el Estado cede al Club la explotación para fines deportivos, de una lámina de agua de tantos metros cuadrados en tal sitio....
El Club - se supone que primero se constituye, luego presenta un proyecto de ingeniero de Caminos Canales y Puertos y luego solicita la concesión - es quien se encarga de que una vez que se le ha concedido la lámina de agua, se realice la obra que supone pantalanes, amarres, tomas de luz y agua, duchas, restaurantes, sede social, etc....
Es decir, que EL CLUB es el "promotor" de la obra. El promotor encarga al "arquitecto" que le haga los aseos como quiera. El Club le encarga al Ingeniero de Caminos Canales y Puertos (empresa constructora del puerto) que le haga los pantalanes, amarres, calles y canales como considere oportuno.
Así que me imagino que la unica LEY que existe al respecto es el proyecto original de obra aprobado por el Club Náutico, y sus posibles incumplimientos o modificaciones, que si se han hecho, se tienen que atener a los estatutos del Club, ser votadas, y tal y tal...
Lo mismo ocurre con la eslora máxima. Como los puntos se pagan por 6m., 8m., 10m.,... normalmente en número pares, si hay un velero de 11m. en un punto de 10, está dificultando la maniobra a sus vecinos y haciendo la calle más estrecha. Pero hay Clubs que permiten un margen del 10% en la eslora, con lo que sería "legal".
Debes preguntar en tu Club por esas dos cuestiones:
1.- Proyecto original con el diseño y distancias, para ver si se ha cumplido o se ha modificado.
2.- Límite real (no de boquilla) de las embarcaciones amarradas y respeto al ancho de las calles. Aquí puedes incluir si consta en algún lado detalle sobre pescantes y balcones de proa, o qué tipo de eslora se toma en cuenta (LOA, LWL, ...)
Aaaaaaamén.
