Ver mensaje
  #17  
Antiguo 23-03-2010, 19:36
Avatar de Renco
Renco Renco esta desconectado
Pirata
 
Registrado: 27-10-2006
Edad: 83
Mensajes: 142
Agradecimientos que ha otorgado: 34
Recibió 18 Agradecimientos en 17 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Españoles Con Titulacion Extranjera

Cita:
Originalmente publicado por mazarredo Ver mensaje
Para no extenderme en explicaciones una vez más: Siendo PER y navegando más allá de 12 millas estás fuera de la zona de navegación para la que estás atribuido. A partir de ahí, si te pegas un tortazo contra otro barco, o tienes la desgracia de tener un accidentes con muertos o heridos, intenta cobrarle al seguro, si puedes. Además de las reponsabilidades penales en las que puedas incurrir.

Y dándole la vuelta a tu pregunta: ¿en qué Ley dice que puedes hacerlo?

Un saludo y más
Estás hablando sin conocimiento de causa.
Hay jurisprudencia al respecto.
Si la causa del naufragio no es imputable a la carencia de la titulación
requerida, el pago de los daños es una obligación incuestionable para la aseguradora.
__________________

Por la confusión del turco.
Citar y responder