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Antiguo 25-05-2007, 11:05
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Predeterminado OT A quien le pueda interesar y POR TRATAR DE ZANJAR EL TEMA

Haciendo gala de una antigua máxima de este foro que decía: "Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe" ayer, ante la tormenta que se produjo sin ninguna intención, usé el servicio de consultas que pone a disposición de todos los internautas la RAE que, dicho sea de paso, sabrá cómo se habla y se escribe en castellano, idioma que suelo usar cuando me dirijo a este foro.

Hoy, (eso es eficacia, oiga), recibo la siguiente respuesta:

Cita:
Fuera de usos oficiales, donde es preceptivo utilizar el nombre oficial establecido por las Cortes españolas —que en el caso de los topónimos gallegos A Coruña y Ourense y los catalanes Girona, Lleida e Illes Balears es únicamente el de la lengua vernácula (gallega o catalana) correspondiente—, la recomendación de la Real Academia Española, con respecto a la denominación de las ciudades, pueblos y provincias situadas en comunidades autónomas españolas con lengua propia, cuando se habla o escribe en castellano, es utilizar, cuando exista, el nombre castellano, que en los casos antes referidos es La Coruña, Orense, Gerona, Lérida e Islas Baleares, respectivamente.

En el caso de los topónimos que cuentan con dos nombres oficiales, uno en la lengua vernácula de la comunidad autónoma y otro en castellano, se recomienda emplear uno u otro en función de la lengua que se esté utilizando: Donosti, Barakaldo (nombres oficiales en Euskera) / San Sebastián, Baracaldo (nombres oficiales en castellano).

Por «usos oficiales» debe entenderse el empleo de estos términos en documentos y textos de carácter oficial, según la definición que de este adjetivo ofrece el Diccionario académico: «Que es de oficio, o sea que tiene autenticidad y emana de la autoridad derivada del Estado, y no particular o privado». Por tanto, en los documentos que generan las administraciones públicas y en otro tipo de textos como, por ejemplo, los que aparecen en los paneles informativos de carreteras o autopistas, han de usarse los topónimos oficialmente aprobados por las Cortes. En cambio, en los usos particulares o privados se recomienda emplear los topónimos castellanos si es esta la lengua de expresión que se está utilizando.

La denominación oficial de cualquier topónimo perteneciente al Estado español será la que aparezca inscrita —en castellano, en cualquier otra lengua española oficial en una comunidad autónoma o en ambos idiomas— en el Nomenclátor geográfico nacional del Ministerio de Fomento.


En cuanto a la antigüedad de los topónimos Gerona y Lérida en castellano, como puede usted comprobar en nuestros bancos de datos, ambos existen desde el español medieval, como lo demuestran abundantes textos y no son, por tanto, un "invento" franquista: «Muger et fijos de Berenguer de Gerona tenen en Cotellas vi taffullas, que son iiii ochauas»; «Guillem de Narbona tiene en Alcorrin por Nicolau Besson et per En Solsona de Lerida et por compra de Rosset xlii taffullas, que son vii alffabas et media» (Repartimiento de Murcia 1257-1271).

Reciba un cordial saludo.
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Departamento de «Español al día»
Real Academia Española
Y espero no abrir una nueva polémica con este hilo, pero pido que, si hay que debatir, se haga aquí y no en el otro, que era exclusivamente para hacer una lista.

Gracias
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