Ante todo, considero importante la lectura del BOE. Si nos fijamos, los precios que aparecen en el cuadro son precios de remolque. Si se tata de un salvamento (que la embarcación se esté hundiendo, por ejemplo), estas tarifas ya no serian válidas.
El seguro, te va a diferenciar entre gastos de salvamento (normalmente cubiertos si tienes la póliza con daños propios) y remolcaje (que debes tener específicamente indicado en las condiciones particulares o generales).
La garantia de remolcaje la puedes tener como opcional en el llamado seguro a terceros, e incluso aunque lo tengas con daños propios. No todas la compañías lo cubren. Es muy importante que lo mires o lo consultes con tu mediador.
Cuidado con la asistencia en viaje que ponen algunas compañías. A veces sólo cubre en tierra a las personas y no cubre el remolcaje.
No se si he clarificado algo u os he liado más, pero en cualquier caso, vamos a tomarnos unas cervecitas a ver si se nos aclaran las cosas.
