Hola cofrades.
Sin ser un experto en el tema, te diré, que para poder tener derecho a deducción fiscal en concepto de donación a una Entidad, además de lógicamente ser una Entidad (asociación, fundación, etc.) sin ánimo de lucro, tienen que cumplir la condición legal y fiscal de
"declaradas de utilidad pública". Si no cumple este requisito no son deducibles. Ten en cuenta que a los ojos de la sociedad quien se está beneficiando de esa aportación a fondo perdido entregada eres tú ( te conviertes en socio de esa Entidad para disfrutar de sus instalaciones) , y no la sociedad en su conjunto. La norma es que los clubs náuticos no sean entidades declaradas de utilidad pública.
En el ámbito deportivo serían deducibles las aportaciones realizadas a federaciones deportivas tanto estatales como autonómicas, aquí se podría abrir una discusión sobre si las licencias federativas son o no desgravables.
Espero haberte ayudado.
Salud y birras
