Esta claro que para mas de 8 metros no resuelve absolutamente nada.
Pero insisto, alguien que entienda el tema, podría explicar la situación para menos de 8 metros? Es que no me lo puedo creer. Pensad:
No abanderamiento, ni registro (matriculación ?) ni despacho significa:
ovlídate de las zonas, eso está en el despacho
olvítade del ITB, eso lo necesitas para el despacho
olvídate de homologaciones y autorizaciones, no tienes zona de navegación predeterminada.
Si no he de despachar, puedo coger mi velerito de menos de 8 metros e irme a donde me de la real gana, el tiempo que me venga en gana y hacer lo que me salga de los mismísimos ..... IGUAL QUE CASI COMO ES EN EL RESTO DEL MUNDO! En otros países generalmente es para embarcaciones de menos de 15 o 20 metros, bueno en España 8 metros. Pasamos de un absurdo cósmico a una situación razonable, donde la discusión será si 8 o 10 o 15, pero vaya, de entrada para todos los de menos de 8 metros, el mismísimo nirvana.
Joder que esta noticia si se confirma, me producirá una sonrisa que no me la quita ni un cirujano plástico.
