Cita:
Originalmente publicado por jsec
Pero, ¿cómo pueden certificar que carece de inodoro, cuando cuenta con él?. ¿Es que piensan que, por figurar esta circunstancia en el certificado, no se va a utilizar?.
La normativa legal correspondiente dice: "Toda embarcación de recreo dotada de aseos deberá estar provista, sin perjuicio de los requisitos exigidos para las embarcaciones con el marcado CE, de depósitos de retención o instalaciones que puedan contener depósitos, destinados a retener las aguas sucias generadas durante la permanencia de la embarcación en zonas con limitaciones de vertidos de este tipo; y con capacidad suficiente para el número de personas a bordo. Los aseos con sistema de tanque de almacenamiento transportable son aceptables si dichos tanques cumplen con lo dispuesto en ISO 8099". Incluso entre las 3 y 12 millas, hay que desmenuzar y desinfectar las aguas antes de verterlas.
Un saludo.
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Estimado cofrade: los inspectores que pasan la ITB son conscientes de que la mayoría de los puertos deportivos CARECEN por completo de sistemas de eliminación de los residuos de los tanques kk de nuestros barcos, por eso es muy normal que certifiquen que el barco cumple toda la normativa, incluyendo la de no utilizar water directo al mar.

A un amigo mío le hicieron "prometer" que no usaría su water marino y punto pelota

Yo lo comprendo perfectamente, si tienes tanque y no tienes dónde vaciarlo, qué c...ño haces con él?
Si te gusta el barco, cómpratelo, si encima tiene la ITB pasada, mejor. Y cuando llegue la próxima inspección, ya tomarás las medidas oportunas....o no
rondas, compañero


