Cita:
Originalmente publicado por caminero_Fran
Encontré este anuncio en la red.
"En zona náutica, playa de Fuengirola, se necesita personas con el curso de “FORMACION BÁSICA” además ha de tener el PER como mínimo en titulación deportiva o en su caso PATRON PORTUARIO como mínimo en titulación profesional. Para trabajar como patrón de la embarcación de la zona náutica. Su función seria remolcar esquiadores, y artefactos flotantes, como puede ser la banana."
Según este anuncio, estando en posesión de la titulación P.E.R., necesitaria hacer un curso de formación básica y ya podria ejercer?
Gracias por vuestra ayuda.
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Cuidado... lo que diga un anuncio de un particular puede no tener nada que ver con lo que se exige en realidad.
Yo que tu, y antes de meterme en un negocio -inversión, riesgo, etc..-, llamaba a Marina Mercante y me aseguraba: en caso de accidentes todo el mundo tira de la letra legal, y podrás tener problemas.
Su teléfono es el 91 597 90 83
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST....htm#pregunta1
"1. Qué se entiende por embarcación de recreo
Se consideran embarcaciones de recreo aquellas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros."

Y suerte.