En Galicia incide el Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, ITAJD. Al tratarse de un bien usado, conforme la ley deverá ser la base de cálculo, el "valor de mercado del bien o servicio".
El tipo impositivo es el 4% y el sujeto pasivo el comprador. Todo ello siempre que el vendedor sea un particular. Si es un empresario, está sujeto al IVA.
No obstante, Hacienda, como tiene el derecho de comprobación del valor de la compraventa, suele usar unas tablas, publicadas anualmente con el valor de las embarcaciones y las deducciones de la base imponible en virtud del año de su 1ª matriculación.
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