Cita:
Originalmente publicado por Tatatoa
Impuesto de matriculación exento a partir de la fecha de inscripción definitiva (no confundir con la factura de compra del barco)
Si pagas el 16 % de IVA, no pagas el 4% de impuesto de transmisiones.
El que vende el barco ese 16% tiene que declararlo y pagarlo ha hacienda, y te lo va a cobrar igual esté ya pasado en lista 7ª (ojo), que el documento de venta al tratarse de un empresario, ya que ha tenido el barco en explotación, tiene que ser contrato acompañado de factura en la que este desglosado el 16 % de IVA, y atención que a partir del 1 de Julio será el 18 %.

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Gracias Tatatoa, ya me queda claro, y tengo menos de dos meses para no tener que incurrir en otro 2% adicional.
Si me permites una pregunta, ya que te veo puesto en el tema, si el precio de venta, IVA no incluido, se acerca a lo tabulado en hacienda como valor del barco en el momento de la operación. ¿No habría problemas con el fisco? ¿No?
Pídete lo que te apetezca, aunque a estas horas, lo mejor es un cafe.