Re: Mazagón : Al borde de la desesperación
Buf! Hay que tomarlo con mucha prudencia...
Según el Código Civil Catalán (y supongo que también en el resto de España) el acreedor tiene derecho a retener por medios físicos el bien que ha causado la deuda. Por lo tanto, la cadena que impide salir al barco es un medio legítimo. Sería lo equivalente a bloquear un coche en un taller mecánico o no entregar una prenda en una tintorería hasta que te paguen la cuenta.
En la mayoría de los puertos, cuando se identifica a un moroso de los que pueden eternizarse se le suele facilitar la partida con la frase típica de "si te vas antes de una semana, te perdono la deuda". Llegar a lo de la cadena precisa de cierta dosis de "contumacia".
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