Muy buenas a todos, ir bebiendo que esto es largo y requiere

Vamos allá.
En un principio yo pensaba que haciendo el grado superior de fp de navegación, pesca y transporte marítimo y obtener el título de patrón de altura (después de los días de embarque) te lo convalidaban con CY.
Hasta ahí es correcto y estaba acertado, estamos todos de acuerdo.
Pero buscando y buscando por internet, encontré esta maravillosa página
http://www.nasdap.ejgv.euskadi.net/r...idaciones.html
en la cual dice que con el título académico, es decir, terminar el ciclo y no tener necesidad de hacer días de embarque para llegar a patrón de altura, también te lo convalidan por CY, y además, habilitado a vela.
Vale pues, tras la estupefacción y la alegría, vienen las preguntas:
1) Al ser un título académico y no profesional ¿se puede chartear con él? por ahí, en otros foros, he leído que si, pero quiero preguntároslo a vosotros, que sois de confianza.
2) En el caso de que podamos chartear ¿cuáles son las limitaciones de eslora, pasajeros, zona de navegación? ¿Las mismas que patrón de altura?
A ver si hay algún entendido en la materia y aporta algo de interés para todos.
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