Estimado unas


para empezar, no te se contestra a varias de tus preguntas solo te puedo decir que como Capitán de yate legalmente no puedes chartear.
No digo que hay muchos patrones charteando ya no con CY o PY sino con PER, sino que con la ley actual en la mano esos son títulos de RECREO que no habilitan para ningún uso profesional.
Ya te digo la ley es una cosa la norma en los puertos otra
Buena mar.